Entender el sistema de denuncia electrónica (PVe) de las infracciones


1. La constatación
Un agente constata y registra la infracción —por ejemplo, por no ceder el paso, por usar el teléfono al volante o por fumar en un lugar público fuera de las zonas reservadas para ello— con una herramienta específica:
- sobre el terreno con un terminal móvil;
- a distancia, desde un centro de supervisión urbana (CSU) gracias a las imágenes de las cámaras de seguridad instaladas en la vía pública y en establecimientos abiertos al público.

2. La identificación
En caso de intercepción del infractor, el agente toma nota de las características de la infracción y de los datos de la persona infractora (identidad, dirección postal, correo electrónico). En el resto de los casos (sin intercepción, cámaras de seguridad), el agente procede a identificar la placa de matrícula mediante el Sistema de Matriculación de Vehículos (SIV).

3. La transmisión telemática
Se traslada la denuncia por medios informáticos al Centro Nacional de Tratamiento (CNT) de Rennes.

4. El envío
Se envía una notificación de infracción a la persona infractora o al titular del certificado de matriculación del vehículo que ha cometido la infracción. Si la ANTAI dispone de la dirección de correo electrónico del infractor (obtenida durante la detención o por constar en el Sistema de Matriculación de Vehículos [SIV]), se envía una notificación electrónica de infracción (eACO). La persona dispone de siete días para aceptar el mensaje; en caso contrario, recibirá una notificación de infracción en papel.

5. El pago o el recurso
El destinatario de la notificación reconoce la infracción y paga la multa de acuerdo con las modalidades y los plazos indicados en el documento recibido, o recurre la infracción.
El pago de la multa fija supone el reconocimiento de la infracción, da lugar a la retirada de puntos aplicable y pone fin al procedimiento.

5.1. El pago
Puede pagar la multa por Internet, teléfono, correo, en un establecimiento autorizado o en las oficinas del Tesoro Público (DGFiP).

5.2. El recurso
El destinatario puede recurrir gratuitamente la multa en línea desde el sitio web de la ANTAI o hacerlo por correo enviando una carta certificada con acuse de recibo a la dirección que aparece en la notificación de infracción (o en la esquina superior izquierda de la notificación de multa fija con recargo).
Se establecen tres casos distintos:
- Ha vendido o cedido su vehículo, lo ha llevado al desguace o ha sido víctima de un robo o una usurpación de la placa de matrícula.
- Desea identificar a otra persona como conductora.
- Desea recurrir los hechos constitutivos de infracción.

6. Evaluación de su recurso
El Delegado del Ministerio Fiscal (OMP) del lugar en el que se ha cometido la infracción evalúa su recurso. Eso quiere decir que de valorar su recurso y tomar las decisiones pertinentes no se encarga la ANTAI, sino los órganos de justicia.
A partir de ahora, la tramitación de su reclamación no depende de la ANTAI.
Debe tenerse en cuenta que los plazos de tramitación (como mínimo, 2 meses) varían en función de factores como la región, el tribunal y el volumen de expedientes que deba resolver el Delegado del Ministerio Fiscal (OMP) local (de media, más de 13 millones de denuncias electrónicas (PVe) anuales) y que un recurso admitido a trámite no puede dar lugar a una multa fija con recargo sin aviso previo del Delegado del Ministerio Fiscal (OMP).

7. Decisión del Delegado del Ministerio Fiscal (OMP) local
Si su recurso se admite a trámite, el Delegado del Ministerio Fiscal (OMP) decidirá, bien trasladar el caso al tribunal competente local (en ese caso, el juzgado puede considerarle responsable penal de la infracción o fallar a su favor), bien archivar la infracción.
Nota: Si se identifica a otra persona como conductora, se le enviará una nueva notificación de infracción a dicha persona, que podrá pagar la multa o recurrirla.

















